CARTA PUEBLA DE LA VILLA DE
CAMUÑAS (1238)
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Se pobló por la Sagrada Religión con la siguiente carta, fechada el 6 de julio
de 1238:
In Dei domine et eius gratia conoscida cosa sea a los que son como a los que han
por venir como yo Roy Pérez Comendador de Consuegra en uno con todo el Convento
de ese mismo lugar e por mandato
nuestro Prior D. Ferrant Ruiz, Prior de
Castilla e de León, facemos y otorgamos esta carta a Vos el Concejo de Camuñas
que todo poblador que a Camuñas viniere poblar que aya ay heredat para un yugo
de bueyes e que ayan ocho kafizadas en la yugada e del que toviere cavallo de XX
maravedís en a suso haya ay eredat para dos yugos de bueyes de ocho kafizadas el
yugo, otro sí e sea quito de toda pecha e des que cavallo non toviere e con yugo
de bueyes labrare o con yugo de bestias, peche a la Orden cada año medio
maravedí si labrare con dos yugos o con tres non peche más de esto, e desque con
bueyes non labrare peche cada año una quarta de máravedí a la Ordem e los egidos
que estén así como los Yo saque las viñas e el huerto e que pueda haber
hortaliza para ocho homes, e la Orden aya ai forno de poya, e cuega a treinta
panes el uno e quien non quisiere cozer en él, que non cuega ay por premia. e
quien forno fiziere en su casa non cuega al otro vecino e si cociere e gelo
pudiere en su casa non cuega al otro vecino e si cociere e gelo pudieren provar
con dos vecinos, que peche un maravedí e quel derriben el forno, e de esos
pobladores que poblaren a Camuñas hayan su heredat libre e quita por fijos e por
nietos e para vender e para empeñar e para dar e para facer de ella así como
home faze de lo suyo, e tal home lo venda o lo empeñe que faga este fuero mismo
que facen los pobladores que fueron al fazer de esta carta, todos aquellos
pobladores que en Camuñas poblaren pueblen al fuero de Consuegra. Dámosles por
término de como parte el mojón de Camuñela con Madridejos e sale derechamente a
la cañada del Tovosillo e fasta el campillo del yuso del velador e como sale
derechamente a los almadenes e de los almadenes lo más derecho que pudieren al
mojón de la Camunella. Facta carta VI días de Julio in Era MCCLXXVI (Que es año
de Cristo de 1.238) Pedro Martínez, Socomendador de Consuegra ts. Ferrán Peláez
Comendador de Tirez ts. Hortún Sánchez Comendador de Alcázar ts. El juez de
Consuegra dicente D. Pedro de D. Estefanía ts. Don D. Exidro E. Martín Pariente
que son Alcaldes de Consuegra son ts. Don Juanes de Fuentedueñas e Domingo
Velazco su hierno son jurados de Consuegra ts. E dámosle el Villar de los
Almacenes por término que lo labren por la cañada del Tobosillo que les tomamos
para los pobladores de Madridejos.