CARTA PUEBLA DE LA VILLA DE
CAMUÑAS (1238)

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Se pobló por la Sagrada Religión con la siguiente carta, fechada el 6 de julio de 1238:
In Dei domine et eius gratia conoscida cosa sea a los que son como a los que han por venir como yo Roy Pérez Comendador de Consuegra en uno con todo el Convento de ese mismo lugar e por mandato nuestro Prior D. Ferrant Ruiz, Prior de Castilla e de León, facemos y otorgamos esta carta a Vos el Concejo de Camuñas que todo poblador que a Camuñas viniere poblar que aya ay heredat para un yugo de bueyes e que ayan ocho kafizadas en la yugada e del que toviere cavallo de XX maravedís en a suso haya ay eredat para dos yugos de bueyes de ocho kafizadas el yugo, otro sí e sea quito de toda pecha e des que cavallo non toviere e con yugo de bueyes labrare o con yugo de bestias, peche a la Orden cada año medio maravedí si labrare con dos yugos o con tres non peche más de esto, e desque con bueyes non labrare peche cada año una quarta de máravedí a la Ordem e los egidos que estén así como los Yo saque las viñas e el huerto e que pueda haber hortaliza para ocho homes, e la Orden aya ai forno de poya, e cuega a treinta panes el uno e quien non quisiere cozer en él, que non cuega ay por premia. e quien forno fiziere en su casa non cuega al otro vecino e si cociere e gelo pudiere en su casa non cuega al otro vecino e si cociere e gelo pudieren provar con dos vecinos, que peche un maravedí e quel derriben el forno, e de esos pobladores que poblaren a Camuñas hayan su heredat libre e quita por fijos e por nietos e para vender e para empeñar e para dar e para facer de ella así como home faze de lo suyo, e tal home lo venda o lo empeñe que faga este fuero mismo que facen los pobladores que fueron al fazer de esta carta, todos aquellos pobladores que en Camuñas poblaren pueblen al fuero de Consuegra. Dámosles por término de como parte el mojón de Camuñela con Madridejos e sale derechamente a la cañada del Tovosillo e fasta el campillo del yuso del velador e como sale derechamente a los almadenes e de los almadenes lo más derecho que pudieren al mojón de la Camunella. Facta carta VI días de Julio in Era MCCLXXVI (Que es año de Cristo de 1.238) Pedro Martínez, Socomendador de Consuegra ts. Ferrán Peláez Comendador de Tirez ts. Hortún Sánchez Comendador de Alcázar ts. El juez de Consuegra dicente D. Pedro de D. Estefanía ts. Don D. Exidro E. Martín Pariente que son Alcaldes de Consuegra son ts. Don Juanes de Fuentedueñas e Domingo Velazco su hierno son jurados de Consuegra ts. E dámosle el Villar de los Almacenes por término que lo labren por la cañada del Tobosillo que les tomamos para los pobladores de Madridejos.
 

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